miércoles, 18 de agosto de 2010

Notificaciones Fiscales

Exhorto al cumplimiento de obligaciones fiscales

¿Que tan grave es si recibí un Exhorto….?

 Como se menciona es un exhorto a “subsanar su omisión de manera inmediata y espontánea”, lo mas conveniente cuando reciba el documento es atenderlo de inmediato y presentar la declaración omitida, porque si bien a nadie le gusta pagar impuestos es mas desagradable con multas y sanciones.


Con relación a la diferencia entre el “exhorto” y una notificación, es que esta última es un medio establecido por el Código Fiscal de la Federación para que el SAT de a conocer a los contribuyentes básicamente: el contenido de un acto administrativo e iniciar el computo de los términos legales para la interposición de los medios de defensa.


Si por alguna razón el contribuyente no atendió el exhorto, el SAT le impondrá una multa que es enviada a través de un requerimiento como se puede ver en el art. 81 fracción I  del Código Fiscal de la Fedreación “a) De $773.00 a $9,661.00, tratándose de declaraciones, por cada una de las obligaciones no declaradas ….. d) De $7,918.00 a $15,835.00, por no presentar las declaraciones en los medios electrónicos estando obligado a ello, presentarlas fuera del plazo o no cumplir con los requerimientos de las autoridades fiscales para presentarlas o cumplirlos fuera de los plazos señalados en los mismos.”


Adicionalmente el contribuyente deberá pagar la contribución omitida actualizada con el Índice Nacional de Precios al Consumidor y con recargos, con lo cual la omisión puede terminar en una bola de nieve con consecuencias económicas muy desagradables.


Otro problema, es la afectación del historial crediticio del contribuyente ya que el SAT proporciona al Buró de Crédito la información de contribuyentes que cuentan con créditos fiscales que no han sido pagados ni garantizados en los plazos y términos legales, convirtiendo al contribuyente en una persona no sujeta de crédito.


La conclusión es evidente; si queremos dormir tranquilos, aunque no nos guste hay que visitar al contador y cumplir con las obligaciones fiscales en tiempo y forma.


CP Bulmaro Crespo

2 comentarios:

  1. Muy intersante blog, es mjuy cierto que los contribuyentes deben estar al pendiente de sus cuentas y no dejar esto solo a los contadores públicos, al final del día aunque sean los profesionales en esto nosotros debemos estar al pendiente de nuestras finanzas, pagos de impuestos y estar lo más actualizados posible.

    Hablando de estar informados dejo este dato http://www.servicios-c.com.mx/ hay información interesante que nos puede mantener al día.

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